La juez considera que los 269 gramos de cogollos de marihuana que llevaba no son un estupefaciente delictivo y que tenía fin terapéutico
Un Juzgado ha absuelto a un acusado de delito contra la salud pública porque el cannabis que le fue incautado tenía más porcentaje de cannabidiol (CBD), que se destina a usos medicinales, que de tetrahidrocannabidiol (THC) con lo que considera que no es un estupefaciente delictivo y que tenía fin terapéutico.
Así lo acuerda la jueza de lo Penal número 10 de Madrid en una sentencia en la que absuelve al acusado, para el que la Fiscalía pidió en el juicio dos años de prisión y una multa de 2.600 euros.
La magistrada declara probado que agentes de la Policía Nacional que realizaban un control de vehículos en la cuesta de San Vicente de Madrid en la madrugada del 20 de octubre de 2020 encontraron en una mochila del acusado una bolsa de plástico con cogollos de cannabis.
Añade que tenían un peso de 259,360 gramos y una pureza de THC inferior al 0,2 por ciento, así como cantidades superiores de CBD, y que no se ha acreditado que estuvieran destinados a la venta.
La jueza explica que en el juicio el acusado declaró que había comprado CBD para su consumo durante un mes con el fin de relajarse porque tiene ataques de ansiedad importantes y que lo adquirió en un establecimiento abierto al público, y ante los policías alegó que la sustancia era para fines terapéuticos.
Subraya que una perito que realizó un informe en el procedimiento manifestó que el porcentaje de THC era inferior al 0,2 por ciento y que dominaba el CBD, que se destina a usos medicinales.
La magistrada concluye que la sustancia tenía un porcentaje de THC que no es psicoactivo y que predominaba el CBD, un componente que no es una sustancia fiscalizada y no tiene la consideración de estupefaciente al tener un fin terapéutico.
El hombre ha sido defendido por Raquel Nieto Ruiz, letrada del despacho De Luxán y Nieto Abogadas, que destaca que la resolución es «de las primeras en las que se recoge que, independientemente de ser cogollos o sumidades floridas y aunque tuviese un porcentaje de THC superior al 0,2 por ciento, si el de CBD es más alto no es cannabis psicoactivo».
«Es de gran relevancia porque la Fiscalía viene considerando cannabis psicoactivo, independientemente de su porcentaje de THC, a las sumidades floridas aunque sean de cáñamo industrial y por ende cannabis no psicoactivo, lo que está generando mucha inseguridad jurídica a los agricultores de cáñamo de toda España», agrega.